Configuración y alcance de los derechos y libertades educativas en la convención de 1989: algunas consecuencias
DOI:
https://doi.org/10.22550/2174-0909.1978Palabras clave:
acuerdosinternacionales, derechosfundamentales, educación, financiación, leyconstitucional, roldelospadresResumen
Relevancia legal Confirma acuerdos internacionales y regionales que agregan cláusulas interesantes para menores de 18 años. Tiene un significado especial según las constituciones internas de los países signatarios. En España tiene un valor supralegal y es un elemento obligatorio de interpretación constitucional. Grados del derecho de educación. Derecho-deber generalizado referente a la escuela primaria; «Debilitado» a la escuela secundaria y la universidad, donde también depende de la capacidad. En España, la escuela obligatoria se ha ampliado recientemente. La Convención afirma el papel de los padres y tutores que ejercerán los derechos de los niños y las libertades siempre que representen acciones legales. Derecho a un financiamiento / asistencia pública como un derecho público subjetivo, en la escuela obligatoria, en la institución de enseñanza elegida. En la escuela no obligatoria, significa el derecho a una asistencia financiera en igualdad de condiciones. El sistema español de contratos aumenta algunas reservas. Otros aspectos: derecho a una disciplina apropiada y a una escuela y orientación profesional.
Autores:
José Luís Martínez López-Muñiz. Universidad de Valladolid
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Derechos de autor 2025 José Luís Martínez López-Muñiz

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